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Imagen de la Contratación Centralizada

Razones para adherirte

El sistema de contratación centralizada estatal está abierto a la adhesión de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, así como de los organismos autónomos y entes públicos dependientes de las mismas. Asimismo, podrán adherirse las sociedades, fundaciones y los restantes entes, organismos y entidades del sector público (art. 229.3 de la LCSP).

La centralización de la contratación genera ahorros que se derivan del aumento de la concurrencia como consecuencia de las mayores expectativas de ventas de los licitadores, y de las economías de escala surgidas de la agregación de demanda. Además, los ahorros derivados de la contratación centralizada, al responder a mejoras de eficiencia, no afectan a la calidad de la prestación.

Pero no solo se producen ahorros de naturaleza económica, sino que también se generan “otros tipos de ahorros” que resultan igualmente relevantes, como son los derivados de la reducción de trámites y de cargas administrativas. Las entidades que participan en el Sistema Estatal de Contratación Centralizada ven reducida, ostensiblemente, la carga derivada de la tramitación de sus contratos, así como los plazos de tramitación

Del mismo modo, las empresas interesadas en la prestación de un servicio o suministro ven simplificada su participación en las licitaciones.